martes, 9 de julio de 2013

Se exige la igualdad de los sexos en los países


La población egipcia elegirá un nuevo Parlamento en noviembre de 2011.
Insta al primer ministro egipcio a que no deje de lado a las mujeres antes de las elecciones. En el reciente levantamiento en Egipto, las mujeres participaron con la misma intensidad que los hombres. Hoy en día, las mujeres tienen derecho a participar en pie de igualdad en la creación del futuro de su país. Insta al primer ministro a que garantice que se respetan los derechos de las mujeres y que éstas no quedan al margen del proceso de reforma.
La “Revolución del 25 de Enero” en Egipto suscitó grandes esperanzas. Hombres y mujeres participaron en pie de igualdad y exigieron que se respetasen sus derechos.
Pero no había pasado ni un mes y las mujeres quedaron excluidas del nuevo comité creado para revisar la Constitución. En el Consejo de Ministros del nuevo primer ministro, anunciado en marzo, sólo había una mujer. Al día siguiente, Día Internacional de la Mujer, grupos de hombres atacaron a mujeres que se manifestaban pacíficamente.
El cambio real no cristalizará si se discrimina y margina a las mujeres. La igualdad y la no discriminación deben ser un elemento fundamental del proceso de reforma del país.

Refugiadas y mujeres desplazadas dentro de su pais


A Amnistía Internacional le preocupaba que se reconozca que las violaciones de los derechos humanos constituyen una de las causas principales de que las mujeres se conviertan en refugiadas o en desplazadas dentro de su país, y también le preocupaba el hecho de que, cuando se encuentran en esa situación, las mujeres y las niñas son especialmente vulnerables. La organización recomendó que la Plataforma de acción inste a los gobiernos a tener en cuenta la necesidad especial de protección que tienen las mujeres y las niñas.

Se establece la conexión entre las violaciones abiertas de los derechos humanos y las políticas de «depuración étnica» por un lado, y las corrientes masivas de refugiados y personas desplazadadas por otro.Se reconoce que el 80 por ciento de los refugiados y otras personas desplazadas del mundo, incluidos los desplazados internos, son mujeres y niños, y que se ven amenazados con la privación de sus propiedades, bienes y servicios y de su derecho de regresar a su hogar de origen, así como con la violencia y la inseguridad.
Se refiere también a «la persecución en forma de violencia sexual u otros tipos de persecución basados en el género» como motivo de miedo bien fundado de sufrir persecuciones por las razones enumeradas en la Convención sobre el Estatuto de los Refugiados y su Protocolo de 1967, y observa que en algunos países de asilo las mujeres encuentran dificultades para que se las reconozca como refugiadas cuando invocan motivos basados en este tipo de persecución.
En relación con la protección y asistencia a refugiados y personas desplazadas, los gobiernos se comprometieron, entre otras cosas, a:
  • ofrecer protección y asistencia adecuadas a las mujeres y niños internamente desplazados y encontrar soluciones para las causas fundamentales de su desplazamiento a fin de poder evitarlo y, cuando proceda, facilitar su regreso o re asentamiento.
  • adoptar medidas para proteger la seguridad y la integridad física de las refugiadas, otras mujeres desplazadas que necesitan protección internacional y las mujeres desplazadas internamente durante su desplazamiento y a su regreso a sus comunidades de origen; adoptar medidas eficaces para proteger de la violencia a las mujeres refugiadas o desplazadas; realizar una investigación imparcial y exhaustiva de las violaciones de esa índole y enjuiciar a los responsables.
  • lograr que se protejan los derechos humanos de las refugiadas y las mujeres desplazadas y que éstas conozcan esos derechos; garantizar el reconocimiento de la importancia vital de la reunificación de las familias.
  • contribuir adecuadamente a los programas de asistencia para las mujeres refugiadas, y tener en cuenta los efectos que tienen sobre los países de asilo las grandes cantidades de refugiados y ser conscientes de la necesidad de que esta carga sea compartida.
En relación con las medidas duraderas para poner fin a los desplazamientos, los gobiernos se comprometieron a:
  • adoptar todas las medidas necesarias, con el pleno respeto y la observancia estricta del principio de la no devolución de refugiados, para garantizar el derecho de las mujeres refugiadas y desplazadas a regresar voluntariamente a sus lugares de origen en condiciones de seguridad y dignidad, así como su derecho a la protección después del regreso.
  • adoptar medidas, en el plano nacional y con la cooperación internacional cuando proceda, de conformidad con la Carta de las Naciones Unidas para encontrar soluciones duraderas a los problemas de las mujeres desplazadas internamente, inclusive haciendo efectivo su derecho a regresar voluntariamente en condiciones de seguridad a sus hogares de origen .
Con respecto a la aplicación de las normas internacionales, los gobiernos se comprometieron a:
  • aplicar normas internacionales para garantizar la igualdad de acceso y la igualdad de trato de mujeres y hombres en lo que respecta a los procedimientos de determinación del estatuto de refugiado y concesión de asilo, incluido el pleno respeto y la observancia estricta del principio de no devolución por medio, entre otras cosas, de la adaptación de las normas nacionales de inmigración a los instrumentos internacionales pertinentes, y considerar la posibilidad de reconocer como refugiadas a las mujeres cuya solicitud de reconocimiento de la condición de refugiada se base en un miedo bien fundado de sufrir persecuciones, incluida la persecución relacionada con el género, facilitar el acceso a funcionarios especialmente capacitados para entrevistar a las mujeres.
  • apoyar y promover los esfuerzos de los Estados dirigidos a desarrollar criterios y directrices sobre las respuestas a la persecución dirigida específicamente a las mujeres, mediante el intercambio de información sobre las iniciativas de los Estados para formular tales criterios y directrices y la supervisión a fin de lograr su aplicación justa y consecuente .
Se pidió a los órganos, organismos y agencias pertinentes de la ONU que:
  • establecezcan una cooperación efectiva entre el Alto Comisionado de la ONU para Derechos Humanos, y el Alto Comisionado de la ONU para Refugiados y otros órganos pertinentes, en el marco de sus mandatos, teniendo en cuenta la estrecha relación existente entre las violaciones masivas de los derechos humanos, especialmente en forma de genocidio, la «depuración étnica» y la violación sistemática de mujeres en situaciones de guerra por un lado, y las corrientes de refugiados y otros desplazados por otro, así como el hecho de que las mujeres refugiadas, desplazadas o que han regresado están expuestas de forma especial a sufrir abusos contra los derechos humanos.
Amnistía Internacional recibe con satisfacción el hecho de que en la Declaración y la Plataforma de Acción de Pekín se reconozca la relación existente entre las violaciones de los derechos humanos y las corrientes masivas de refugiados y personas desplazadas. Los gobiernos deben tomar medidas efectivas para acabar con las violaciones de los derechos humanos, que causan éxodos masivos. La protección de las personas que han huido resulta también esencial a la hora de buscar soluciones al creciente número de refugiados y personas desplazadas en todo el mundo. La organización estima que el hecho de acabar con la impunidad existente en torno a dichas violaciones contribuirá a evitar las violaciones de derechos humanos cometidas contra mujeres y, por consiguiente, Amnistía Internacional recibe con satisfacción el firme compromiso de los gobiernos de adoptar medidas encaminadas a realizar investigaciones imparciales y minuciosas de todas las violaciones y procesar a los responsables.
Amnistía Internacional celebra también la clara afirmación de que «la persecución en forma de violencia sexual u otros tipos de persecución basados en el género» constituyen un miedo bien fundado de sufrir persecuciones por las razones enumeradas en la Convención sobre el Estatuto de los Refugiados y su Protocolo de 1967. La organización insta a los gobiernos que aún no lo hayan hecho a conceder protección a las mujeres solicitantes de asilo que se encuentren en peligro de sufrir violaciones de los derechos humanos como consecuencia de persecuciones relacionadas con el género.

El abuso contra la mujer


Violencia contra la mujer
La principal inquietud de Amnistía Internacional en torno a la cuestión de la violencia contra la mujer era que la Plataforma de Acción reflejara plenamente la creciente concienciación de la comunidad internacional sobre este tema y su preocupación al respecto. La organización recomendó que la Plataforma de Acción abordara la cuestión de la responsabilidad de los gobiernos en la violencia contra la mujer.



La Plataforma, en su definición de violencia contra la mujer, especifica que se refiere, entre otras cosas, a «la violencia física, sexual y psicológica perpetrada o tolerada por el Estado, donde quiera que ocurra» .. Otros actos de violencia contra la mujer incluyen las violaciones de los derechos humanos de la mujer en situaciones de conflicto armado, en particular los asesinatos, las violaciones sistemáticas, la esclavitud sexual y los embarazos forzados, así como la esterilización forzada y el aborto forzado, la utilización coercitiva o forzada de anticonceptivos, el infanticidio de niñas y la determinación prenatal del sexo .
Vuelve a ocupar de la cuestión de la violencia contra la mujer y afirma que «la violencia contra la mujer constituye una violación de sus derechos humanos y libertades fundamentales y un obstáculo o un impedimento para el disfrute de esos derechos« y que «los gobiernos deben adoptar medidas urgentes para combatir y eliminar todas las formas de violencia contra la mujer en la vida privada y pública, ya sean perpetradas o toleradas por el Estado o por personas privadas».
El párrafo 121 establece que las mujeres pueden ser vulnerables a los actos de violencia perpetrados por personas que ocupan puestos de autoridad tanto en situaciones de conflicto como en otras situaciones y, además, señala que «la capacitación de todos los funcionarios en derecho humanitario y derechos humanos y el castigo de quienes cometen actos de violencia contra la mujer contribuirían a impedir que esa violencia fuera cometida por funcionarios públicos en quienes las mujeres deberían poder confiar, como los funcionarios de la policía y de las cárceles y las fuerzas de seguridad».
Los 19 apartados en los que se pormenorizan las medidas que los gobiernos deberán adoptar para acabar con la violencia contra la mujer. Entre otras medidas, los gobiernos deberán abordar la impunidad existente en torno a la violencia contra la mujer, adoptar, aplicar y revisar la legislación nacional, ratificar las normas e instrumentos internacionales de derechos humanos, adherirse a ellos y aplicarlos, y fortalecer los mecanismos internacionales.
Entre las medidas inmediatas que los gobiernos se comprometieron a adoptar para acabar con la violencia contra la mujer destacan:
  • condenar la violencia contra la mujer .
  • no cometer actos de violencia contra la mujer .
Los gobiernos abordaron la cuestión de la impunidad existente en torno a la violencia contra la mujer, ya sea perpetrada por el Estado o por particulares, y se comprometieron a:
  • tomar las medidas necesarias para prevenir, investigar y, de conformidad con las leyes nacionales en vigor, castigar los actos de violencia contra la mujer, ya hayan sido cometidos por el Estado o por particulares.
Los gobiernos se comprometieron a adoptar, fortalecer, aplicar y revisar las leyes, las políticas y las prácticas nacionales para acabar con la violencia contra la mujer:
  • adoptar o aplicar las leyes pertinentes, y revisarlas y analizarlas periódicamente a fin de asegurar su eficacia para eliminar la violencia contra la mujer, haciendo hincapié en la prevención de la violencia y el enjuiciamiento de los responsables .
  • promulgar nuevas leyes y reforzar las vigentes en que se prevean penas para los agentes del Estado que cometan actos de violencia contra la mujer, y adoptar medidas eficaces contra los responsables de esos actos de violencia 
  • prohibir la mutilación genital femenina dondequiera que ocurra y apoyar vigorosamente las actividades de las organizaciones no gubernamentales y comunitarias y las instituciones religiosas encaminadas a eliminar tales prácticas .
  • aprobar y aplicar leyes contra los responsables de prácticas y actos de violencia contra la mujer, como la mutilación genital femenina .
  • ofrecer a las mujeres acceso a los sistemas judiciales y a soluciones eficaces .
  • crear mecanismos institucionales, o reforzar los existentes, a fin de que las mujeres y las niñas puedan dar parte de los actos de violencia cometidos contra ellas e interponer denuncias al respecto en condiciones de seguridad.
  • promover políticas en materia de violencia contra la mujer entre los responsables de la aplicación de esas políticas, como los funcionarios encargados del cumplimiento de la ley, los miembros de la policía y los asistentes sociales, el personal médico y el personal judicial, entre otros 
Los gobiernos se comprometieron también a ratificar y cumplir las normas e instrumentos de derechos humanos y a:
  • trabajar «activamente para ratificar o aplicar» todas las normas e instrumentos internacionales relacionados con la violencia contra la mujer, incluidos los contenidos en la Declaración Universal de Derechos Humanos, el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos, el Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales y la Convención contra la Tortura y Otros Tratos o Penas Crueles, Inhumanos o Degradantes 
  • aplicar la Convención sobre la eliminación de todas las formas de discriminación contra la mujer 
Los gobiernos se comprometieron además a fortalecer los mecanismos internacionales relacionados con la violencia contra la mujer y a:
  • incluir, en los informes presentados de conformidad con los instrumentos pertinentes de derechos humanos de las Naciones Unidas, información sobre la violencia contra la mujer y sobre las medidas adoptadas para aplicar la Declaración de las Naciones Unidas sobre la Eliminación de la Violencia contra la Mujer .
  • cooperar con la Relatora Especial de la ONU y con otros mecanismos, especialmente con el Relator Especial sobre la cuestión de la tortura y el Relator Especial sobre ejecuciones extrajudiciales, sumarias y arbitrarias .
  • recomendar a la Comisión de Derechos Humanos que renueve el mandato de la Relatora Especial sobre la violencia contra la mujer y, de ser necesario, que lo actualice y lo refuerce.
Amnistía Internacional recibe con satisfacción que los gobiernos se responsabilicen claramente de los actos de violencia contra la mujer y que se comprometan a no participar en ellos. Es fundamental que los gobiernos hagan todo lo posible para evitar la violencia contra la mujer y para investigar de forma inmediata y minuciosa las denuncias al respecto, así como para procesar a los responsables, aun en los casos en los que el Estado perpetre o tolere estos actos. La impunidad no hará más que alimentar ciclos de violencia.

Mujeres activistas


Amnistía Internacional recomendó que la Plataforma de Acción reconozca plenamente el papel que desempeñan las mujeres en el primer plano de la lucha por los derechos humanos, y el hecho de que muchas mujeres son víctimas de violaciones de estos derechos a causa de estas actividades, tanto si actúan a título personal como si lo hacen en representación de una organización.
El párrafo 228 reconoce firmemente el papel que desempeñan las mujeres activistas y la necesidad de protegerlas:


Es menester proteger a las mujeres que se dedican a la defensa de los derechos humanos. Los gobiernos tienen el deber de garantizar que las mujeres que trabajan pacíficamente a título personal o dentro de una organización a favor de la promoción y protección de los derechos humanos puedan disfrutar plenamente de todos los derechos establecidos en la Declaración Universal de Derechos Humanos, el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos y el Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales. Las organizaciones no gubernamentales, las organizaciones de mujeres y los grupos feministas han desempeñado una función catalítica en la promoción de los derechos humanos de la mujer mediante actividades populares, el establecimiento de redes y la defensa de los intereses de la mujer, y los gobiernos deben alentar y apoyar a dichas organizaciones y facilitar su acceso a la información con objeto de que lleven a cabo esas actividades.


Las mujeres defienden cada vez más sus derechos como activistas políticas, sindicalistas, activistas de derechos humanos, abogadas y activistas comunitarios. Amnistía Internacional hace hincapié en la importancia de las mujeres activistas de derechos humanos y en los riesgos a los que se enfrentan, y destaca también lo que puede lograrse ejerciendo presiones internacionales sobre los gobiernos que no respetan los derechos fundamentales. La organización recibe con satisfacción el compromiso que han suscrito los gobiernos para proteger y apoyar a estas activistas, y confía en que ese compromiso se manifieste también en el apoyo para la rápida elaboración y adopción de una firme declaración de la ONU sobre los defensores de los derechos humanos.

Bienvenida

Bienvenido a un lugar donde podres conocer a través de experiencias  los deberes y derechos de las mujeres .Durante muchos años las mujeres no tenían el respeto que se merecen por eso te pedimos conciencia de este acontecimiento